Normativa de aplicación en Andalucía
Ley de Turismo de Andalucía:
- E.M. y objetivos (art. 1.2.d) y 14): menciona sostenibilidad
- El distintivo “Municipio Turístico” (arts. 6 y 7)
- El Plan General de Turismo (art. 15)
- Decreto 340/03, de 9 de diciembre (apartado VI: Territorio y Sostenibilidad)
- Los Planes de Actuación Turística Integrada para las Zonas de Preferente
Actuación Turística (art. 16)
- Los Programas de Recualificación de Destinos para zonas con excesiva densidad
turística (art. 17)
- Posibilidad de crear incentivos de calidad: medallas, premios, galardones de reconocimiento,
etc. (art. 21)
- Control de las medidas ambientales de los establecimientos turísticos (art.
32)
- Se considera infracción grave realizar actuaciones que causen daños
ambientales (art. 60.14)
- Sometimiento a los procedimientos de Informe Ambiental y Calificación Ambiental
de determinadas actividades e infraestructuras turísticas (DA 3ª)
Otras normas turísticas:
- Decreto 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo
- Orden de 20 de marzo de 2003, por la que se establecen Obligaciones y Condiciones
Ambientales para la práctica de las actividades integrantes del turismo activo
Demás legislación que le es de aplicación:
La legislación en materia de costas.
- La legislación en materia de Depuración de Aguas Residuales.
- La legislación en materia de Prevención Ambiental de Actividades Degradantes.
- Las medidas restrictivas en los Espacios Naturales Protegidos.
- La legislación en materia de Ordenación del Territorio.
- La legislación en materia de Urbanismo.
- La Tributación Ambiental.