7.1. Politica de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa
    
        Conforme a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley
        31/1995, de 8 de noviembre), y lo establecido en el Reglamento de los Servicios
        de Prevención (Real Decreto 39/1997, de 17 de enero), se deben contemplar
        en la gestión de la Prevención de los Riesgos y de la Seguridad los
        siguientes apartados:
    
         
    
        
            
                | 
                        
                            Política preventiva 
                            Evaluación de Riesgos 
                            Planificación preventiva 
                            Plan de prevención 
                            Información y formación a los trabajadores (si los hay) 
                            Realización de los reconocimientos médicos | 
        
    
    
        Si se trata de un trabajador autónomo, la Prevención es voluntaria
        ya que, actualmente, no existe en España ninguna disposición legal
        que establezca derechos ni obligaciones relativas a los Riesgos a los que puede
        estar expuesto el trabajador autónomo por causa de la actividad que él
        mismo organiza y desarrolla. En los alojamientos rurales, la figura del autónomo,
        como hemos visto, está muy extendida. Aunque no esté obligado a ello,
        es recomendable que el trabajador autónomo aplique los mismos criterios de
        Prevención que se aplican al trabajador por cuenta ajena.
    
        A continuación, vamos a ver la gestión de los elementos de Seguridad
        a tener en cuenta que se traduce en lo que sería el Sistema de Gestión
            de la Prevención de Riesgos Laborales, que se compone de las siguientes
        partes:
    
        - Política: Declaración pública, formalmente documentada por
            escrito y firmada, por parte de la Dirección de la empresa, en este caso
            el gestor del alojamiento rural, sobre las intenciones y los principios de acción
            del alojamiento rural acerca de su actuación de Prevención de Riesgos
            Laborales, en la que se destacan sus objetivos generales, incluido el cumplimiento
            de todos los requisitos legales.
- Evaluación: La Evaluación de Riesgos es el proceso dirigido a estimar
            la magnitud de un riesgo que no ha podido evitarse.
        La pueden realizar tanto el propio gestor del alojamiento como trabajadores designados
        por el mismo, en caso de disponer de ellos, Servicios de Prevención propios
        o Servicios de Prevención ajenos.
    
        Recuerde que aunque tenga usted realizada la Evaluación de Riesgos, es necesario
        que se revise cuando:
    
        - Cambien las condiciones de trabajo,
- Se adquieran equipos nuevos de trabajo o preparados químicos.
- Se incorpore un trabajador especialmente sensible a las condiciones del puesto de
            trabajo (Ej.: mujeres en situación de maternidad o trabajadores menores de
            18 años o discapacitados)
        - Planificación: La Planificación Preventiva asegura un seguimiento
            y ejecución en el tiempo de las Medidas Preventivas a adoptar en función
            de los Riesgos detectados en la Evaluación de Riesgos.
        Debe incluir:
    
        - Plazos para llevar a cabo las Actividades Preventivas
- Recursos humanos
- Asignación de recursos económicos.
        La Prevención de Riesgos Laborales deberá integrarse en el Sistema
        General de Gestión del Alojamiento Rural, tanto en el conjunto de sus actividades
        como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de
        la implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos
        Laborales.
    
        El Plan de Prevención es el documento en el cual se plasma la organización,
        procedimientos, prácticas y procesos por medio de los cuales el empresario
        desarrolla la Prevención en su empresa.
    
        - Información, consulta y participación de los trabajadores
        El gestor tiene la obligación de informar a sus trabajadores en general,
        o en su caso, a sus representantes sobre los siguientes puntos:
    
        - Los Riesgos que se hayan detectado en la empresa, en su conjunto, o en cada puesto
            de trabajo o función.
- Las Medidas de Protección o Prevención que se hayan adoptado respecto
            a tales Riesgos o Factores de Riesgo para eliminar o minimizar sus efectos.
- Las Medidas adoptadas con respecto a las Emergencias, Primeros Auxilios, lucha contra
            incendios, evacuación etc.…
        El gestor del alojamiento rural tiene la obligación de:
    
        - Consultar a los trabajadores sobre todo aquello que hace referencia a la Acción
            Preventiva.
- Permitir su participación y la realización de propuestas en las cuestiones
            que afecten a la Seguridad y Salud en el trabajo.
        - Formación de los trabajadores: Obligación primordial del gestor del
            alojamiento rural en el cumplimiento del deber general de protección es garantizar
            que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica
            suficiente y adecuada.
        Debe impartirse en el momento de la contratación y cuando:
    
        - Se produzcan cambios en las funciones del trabajador.
- Se introduzcan nuevas tecnologías, cambios en los métodos de producción
            o en los equipos de trabajo.
        La Formación debe referirse al puesto de trabajo concreto, función
        o actividad desarrollada por cada trabajador.
    
        El tiempo invertido en la Formación será por cuenta del empresario
        y el coste de la misma no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.
    
        - Vigilancia de la Salud: La vigilancia del estado de salud de los trabajadores estará
            en función de los riesgos inherentes y de los resultados de la evaluación
            del puesto de trabajo.
        Esta Vigilancia de la Salud se llevará a cabo, entre otras muchas acciones,
        mediante reconocimientos médicos, que han de hacerse en función de
        los riesgos inherentes a la actividad de cada trabajador en la empresa.
    
        Hay que tener en cuenta:
    
        - Es voluntaria para los trabajadores aunque obligatorio su ofrecimiento para el empresario.
- Se ha de optar por la realización de exámenes o pruebas que causen
            las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.
- Se debe respetar el derecho a la intimidad y dignidad del trabajador, así
            como la confidencialidad de toda información relacionada con su estado de
            salud.
- Se deben comunicar los resultados a los trabajadores afectados y no pueden utilizarse
            con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador.
        A los empresarios y personas u órganos con responsabilidades en materia de
        Prevención se les informará de las conclusiones, en relación
        a la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo.
    
        Como se indica cada puesto de trabajo tiene asociado unos Riesgos que pueden afectar
        a la Seguridad y Salud del/de la trabajador/a y las medidas a aplicar tanto de Prevención
        como de Protección derivarán de la medición de dichos Riesgos.
    
        Los factores y situaciones de Riesgo más comunes que se presentan en el entorno
        de la hostelería son los siguientes:
    
        - Puestos de trabajo no adaptados a la persona que desarrolla las tareas correspondientes:
            Altura e inclinación de las superficies de trabajo, altura de los medios
            de trabajo (hornos, calientaplatos, microondas), manipulación de cargas...
- Permanecer de pie durante mucho tiempo y en una postura no correcta (forzar la espalda
            por ejemplo)
- Abuso de la manipulación manual de cargas y de forma inadecuada.
- Suciedad y obstáculos tanto en las superficies de trabajo como en las vías
            de paso.
- Suelos en mal estado, deslizantes, sucios, con objetos desordenados, obstáculos
            al paso, etc.
- Vestimenta inadecuada para la realización de las tareas.
- Mala organización de los tiempos de trabajo o no respetar los turnos establecidos,
            bastante habituales en este tipo de actividad.
        Si profundizamos en función de los puestos de trabajo, podemos destacar en
        función del área de trabajo:
    
        Cocinas:
    
        - Quemaduras de la piel en el manejo de hornos y fogones que pueden ser de diverso
            grado y consideración.
- Quemaduras de la piel en la utilización de freidoras por salpicadura de grasa
            caliente.
- Quemaduras de la piel por salpicaduras de líquidos calientes.
- Cortes y heridas en la utilización de instrumentos cortantes: Cuchillos,
            máquinas y aparatos de cortar.
- Aprisionamiento de miembros en piezas móviles en la utilización de
            máquinas de corte (cortadoras de carne...) o de limpieza (lavavajillas).
- 
             Descargas eléctricas por uso o mantenimiento indebido e
            incorrecto de aparatos eléctricos como: Microondas, lavavajillas, picadoras,
            cortadoras, batidoras, etc. Descargas eléctricas por uso o mantenimiento indebido e
            incorrecto de aparatos eléctricos como: Microondas, lavavajillas, picadoras,
            cortadoras, batidoras, etc.
- Exposición a radiaciones por uso o mantenimiento indebido de hornos microondas.
- Exposición a temperaturas extremas o estrés por calor por desarrollar
            un trabajo cerca de hornos y cocinas. En el caso de que existan además cámaras
            frigoríficas existe el riesgo de exposición por cambios bruscos de
            temperatura al pasar de las cámaras a la cocina y viceversa.
- Caídas al mismo nivel por falta de orden y limpieza: Suelos resbaladizos
            por la grasa, líquidos, etc, obstáculos al no tener un orden en la
            disposición de las herramientas y equipamientos, etc.
- Caídas a distinto nivel: Utilización de escaleras de mano para alcanzar
            determinadas herramientas o utensilios por ejemplo.
        Limpieza:
    
        - Exposición a agentes químicos: En la limpieza e higiene de las instalaciones
            y el equipamiento se emplean diferentes tipos de productos que pueden ser irritantes
            para la piel y los ojos, causar quemaduras en la piel (uso de productos cáusticos),
            dermatitis, reacciones alérgicas... Igual ocurre en el uso de pesticidas,
            que no suelen observar riegos para el ser humano pero pueden provocar reacciones
            alérgicas.
- Lesiones por esfuerzo repetitivo: Realización de movimientos repetidos e
            inadecuados y manipulación manual de cargas.
- Caídas y tropiezos.
- Cortes y heridas por manipulación de desechos: Cuchillas de afeitar, cristales,
            agujas hipodérmicas, etc.
- Caídas a distinto nivel: La posibilidad de que haya escaleras en el alojamiento
            y su uso o su mantenimiento indebido pueden provocar caídas a distinto nivel.
        Servicios de comidas y bares:
    
        Además de Riesgos ya identificados anteriormente como caídas al mismo
        nivel, quemaduras por salpicaduras, cortes y heridas, etc. se pueden citar los siguientes
        Riesgos:
    
        - Lesiones musculo esqueléticas por el manejo de bandejas, traslado y manipulación
            de cajas, realización de movimientos repetidos (inclinarse, levantarse).
- Estrés por la organización del trabajo (turnos, por ejemplo), trato
            con clientela, unidos al estrés provocado por factores físicos (ruido,
            altas temperaturas, mala calidad del aire ambiental, etc.).
        Puestos de Oficina y Recepción:
    
        - Trastornos músculo-esqueléticos derivados de lesiones por esfuerzos
            repetitivos a causa del diseño de los puestos y de la carga de trabajo. En
            los trabajos con PVD (pantallas de visualización de datos) un riesgo frecuente
            es el síndrome del túnel carpiano y lesiones en hombros, cuellos y
            espalda.
- Fatiga visual y otros problemas en los ojos al utilizar pantallas y en particular
            de manera ininterrumpida.
        Mantenimiento:
    
        - Exposición a Agentes Químicos. A menudo en los puestos de mantenimiento
            se utilizan productos de limpieza tóxicos que causan irritaciones, pueden
            afectar al sistema nervioso y provocar lesiones diversas (renales, pulmonares, hepáticas...).
            Igual ocurre en la utilización de pinturas y disolventes.
- Caídas, cortes y heridas. Ya citados anteriormente en otros puestos.